martes, 26 de septiembre de 2017

BAJAS EN VACACIONES

Ante las dudas surgidas por caso reciente de un  Trabajador, queremos dejar  claro el tema de la baja de enfermedad en periodo de vacaciones.

El artículo 38 punto 3  del Estatuto de los Trabajadores, referente a Vacaciones Anuales  dice:
“ En el supuesto de que el periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado”

Lo que quiere decir, que si estando de vacaciones, tenemos una baja médica, en el momento que  se reciba el alta, se solicitara a la empresa que se faciliten  el derecho a los días pendientes, de disfrute de sus vacaciones.

Así lo estableció el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su Sentencia de 21/06/2012 que ratifica el  artículo antes mencionado del Estatuto de los Trabajadores reformado por la Ley 3/2012

Y es que el Tribunal Europeo entiende que el derecho al disfrute de vacaciones, es un principio del Derecho Social de la Unión Europea, que no admite excepciones y que también forma parte de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

El derecho a las vacaciones tiene una finalidad distinta a la baja, por cuanto ésta sirve para que el trabajador se recupere de su enfermedad, mientras que las vacaciones retribuidas son un derecho del trabajador a descansar y disfrutar de tiempo de ocio


Recordamos que hay que informar a la empresa, presentando el parte de baja, para que conste desde la fecha de inicio de la incapacidad


martes, 12 de septiembre de 2017

ESTABILIDAD, ESO DICEN ....

Nuestra “querida” empresa el día 29 de Agosto nos confirmó a todo el comité de empresa, que  la situación de la plataforma  era estable, que no  tenía  que haber ningún  pensamiento negativo. Esa misma tarde una compañera fue despedida sin motivo, el despido fue disciplinario por bajada de rendimiento, que no es  cierto,  la tenían desempeñando otras funciones que no tenían nada que ver con su puesto de formadora.

A día 11 de Septiembre despiden a otras dos compañeras por el mismo  motivo, cosa que  es sorprendente, tienen el mismo discurso para todos, cuando estas compañeras llevan  aquí  muchos años, creen que nos pueden  engañar en  nuestras caras, pero aquí nos conocemos todos, ya que  es como nuestra casa.

Quieren meternos miedo para tenernos trabajando sin descanso, sin consideración en caso de que caigas enfermo por tanta presión y sin tener  en cuenta  las funciones que realizas al cabo del día, no tenemos motivación alguna.

Deciros que tenemos que estar  en la lucha  todos, que no tenemos que bajar la cabeza, que no crean que porque estén  en esta fase de despidos nosotros vamos a dejar de luchar por nuestros derechos.



SI NOS TOCAN A UNO, NOS TOCAN A TODOS



viernes, 8 de septiembre de 2017

RECORDATORIO INCENTIVOS

Os recordamos que en la próxima nomina de Septiembre, se hará efectivo el pago de los incentivos de vacaciones, desde Enero de 2015 a Junio de 2016, a los trabajadores en activo.

Aquellos trabajadores que ya no formen parte de la plantilla activa, pero  sigan vinculados a la empresa a través de l@a compañeros, blog y facebook, queremos haceros saber que se puede reclamar el pago de estos incentivos pendientes. Hay plantilla  para ello que se os puede facilitar y que deberéis presentar rellenada y firmada,  el abono se efectuara por parte de la empresa  según se vaya recibiendo las solicitudes