miércoles, 17 de febrero de 2016

PROCESO DE RECLAMACIÓN INCENTIVOS EN VACACIONES


Buenas compañer@s, tras las múltiples consultas recibidas sobre la denuncia de incentivos en vacaciones desde el año 2013, queremos aclarar el proceso necesario para poder tramitar una reclamación económica.

Hace ahora un año que CGT conseguía mediante una demanda presentada en solitario que cuando estamos de vacaciones debamos cobrar también la media de los incentivos que hayamos cobrado durante todo el año anterior. La Sentencia está recurrida y hasta que el Tribunal Supremo no lo dictamine no será firme, pero si no presentábamos la reclamación de los incentivos del año 2014 antes del 28 de enero de 2016, nuestro derecho habría caducado al año de generarlos.

Por este motivo, esta sección sindical ha estado facilitando plantillas individuales a cada trabajador que lo ha solicitado, para calcularos o revisaros  el importe individual reclamado. Esta documentación ha sido presentada posteriormente en la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación (UMAC) para no perder la oportunidad de que se nos abonen los incentivos correspondientes a todo el año 2014 (ya que cada uno reclamamos nuestros importes individualmente).

Como ya sabéis, estos últimos días, l@s trabajador@s que han reclamado han sido citados por el UMAC para firmar la representación y no tener que acudir a la conciliación con la empresa, donde no se llegará a ningún acuerdo porque están pendientes de la resolución del recurso.

El siguiente paso, es presentar la denuncia individual en el juzgado para interrumpir la prescripción individual. Aunque nos asignen fecha para ese juicio, no se va a celebrar, puesto que si no hay todavía sentencia del supremo la empresa pedirá que se suspendan los juicios individuales, a expensas de la resolución del recurso.

En caso de que la sentencia del conflicto colectivo no incluyese el pago del año 2013 y 2014 (quienes hayan reclamado de forma individual), nuestras denuncias individuales deberían progresar para que nos abonen los importes de ese año.

Asimismo, ya podéis ir revisando las nóminas del año 2015 y si os falta alguna ir solicitando los duplicados a la empresa y no esperar al último día, por si no hubiera sentencia para reclamar dichos importes antes del 31 de enero de 2017.


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