- LA NOTA QUE SE ESTÁ DANDO A LAS PERSONAS AFECTADAS, ES UNA SIMPLE NOTIFICACIÓN. NO INDICA NADA MÁS QUE SE ES UNA DE LXS TRABAJADORXS DE OBRA Y SERVICIO QUE PASARÁN A INDEFINIDXS A PARTIR DEL 1 DE MARZO.
- NO ES NECESARIO QUE, ESTANDO DE BAJA IT, OS ACERQUÉIS A FIRMAR LA NOTIFICACIÓN; SI QUERÉIS TENERLA, LLAMAR A LA EMPRESA Y OS LA REMITIRÁN POR CORREO ELECTRÓNICO.
- LOS CONTRATOS A FIRMAR DONDE QUEDA REFLEJADA LA CONVERSIÓN A INDEFINIDX, AÚN NO SE HAN ENVIADO DESDE LA CENTRAL.
- AL TRATARSE DE UNA CONVERSIÓN (NO ES UN NUEVO CONTRATO), NO PUEDEN REALIZAR MODIFICACIÓN SUSTANCIAL ALGUNA.
- LAS PERSONAS EN EXCEDENCIA QUE CUMPLAN LOS REQUISITOS DE ANTIGÜEDAD INDICADOS PARA LA CONVERSIÓN, TIENEN DERECHO A ELLA CUANDO SE REINCORPOREN.
- EL NUEVO DOCUMENTO, CON LA TIPOLOGÍA DE CONTRATO COMO “INDEFINIDO” CONSTARÁ LA FECHA DE ANTIGÜEDAD EN LA EMPRESA (OSEA, LA QUE FIGURA EN LA NÓMINA)
- COMO EN CUALQUIER CONTRATO O DOCUMENTO VINCULANTE, ES IMPORTANTE:
- CONOCER QUE SE TIENE DERECHO A CONSULTAR CON UN REPRESENTANTE LEGAL Y/O ABOGADO, LAS CONDICIONES Y CLAUSULAS DEL MISMO. POR LO QUE NO ES OBLIGATORIA LA FIRMA EN EL MOMENTO.
- LEER ATENTAMENTE LAS CLAUSULAS E INDICACIONES DEL DOCUMENTO.
ESTAMOS A VUESTRA DISPOSICIÓN PARA CUALQUIER DUDA QUE OS SURJA, ESTUDIAR EL CONTRATO QUE OS FACILITEN Y/O AYUDAROS EN CUANTOS TEMAS CONSIDERÉIS OPORTUNOS.
GRACIAS POR VUESTRA CONFIANZA
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