viernes, 24 de febrero de 2017

CONVERSIONES A INDEFINIDO: ACLARACIONES A ALGUNAS DUDAS

REFERENTE A LAS DIFERENTES DUDAS QUE ESTÁN SURGIENDO RESPECTO A LAS CONVERSIONES DE CONTRATO DE OBRA Y SERVICIO, VARIAS ACLARACIONES:


  1. LA NOTA QUE SE ESTÁ DANDO A LAS PERSONAS AFECTADAS, ES UNA SIMPLE NOTIFICACIÓN. NO INDICA NADA MÁS QUE SE ES UNA DE LXS TRABAJADORXS DE OBRA Y SERVICIO QUE PASARÁN A INDEFINIDXS A PARTIR DEL 1 DE MARZO.
  2. NO ES NECESARIO QUE, ESTANDO DE BAJA IT, OS ACERQUÉIS A FIRMAR LA NOTIFICACIÓN; SI QUERÉIS TENERLA, LLAMAR A LA EMPRESA Y OS LA REMITIRÁN POR CORREO ELECTRÓNICO.
  3. LOS CONTRATOS A FIRMAR DONDE QUEDA REFLEJADA LA CONVERSIÓN A INDEFINIDX, AÚN NO SE HAN ENVIADO DESDE LA CENTRAL.
  4. AL TRATARSE DE UNA CONVERSIÓN (NO ES UN NUEVO CONTRATO), NO PUEDEN REALIZAR MODIFICACIÓN SUSTANCIAL ALGUNA.
  5. LAS PERSONAS EN EXCEDENCIA QUE CUMPLAN LOS REQUISITOS DE ANTIGÜEDAD INDICADOS PARA LA CONVERSIÓN, TIENEN DERECHO A ELLA CUANDO SE REINCORPOREN.
  6. EL NUEVO DOCUMENTO, CON LA TIPOLOGÍA DE CONTRATO COMO “INDEFINIDO” CONSTARÁ LA FECHA DE ANTIGÜEDAD EN LA EMPRESA (OSEA, LA QUE FIGURA EN LA NÓMINA)
  7. COMO EN CUALQUIER CONTRATO O DOCUMENTO VINCULANTE, ES IMPORTANTE:
    1. CONOCER QUE SE TIENE DERECHO A CONSULTAR CON UN REPRESENTANTE LEGAL Y/O ABOGADO, LAS CONDICIONES Y CLAUSULAS DEL MISMO. POR LO QUE NO ES OBLIGATORIA LA FIRMA EN EL MOMENTO.
    2. LEER ATENTAMENTE LAS CLAUSULAS E INDICACIONES DEL DOCUMENTO.


ESTAMOS A VUESTRA DISPOSICIÓN PARA CUALQUIER DUDA QUE OS SURJA, ESTUDIAR EL CONTRATO QUE OS FACILITEN Y/O AYUDAROS EN CUANTOS TEMAS CONSIDERÉIS OPORTUNOS.

GRACIAS POR VUESTRA CONFIANZA



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