El ejercer tu derecho a la huelga no puede afectar a tus vacaciones ni a los festivos anuales, por lo que el descuento por la huelga solamente puede ser calculado sobre el salario base + prorrateo de pagas extras y la parte de la libranza semanal que corresponda.
Por ello para una jornada de huelga de día completo se descontará, en €:
SI TU JORNADA ES DIFERENTE Y HAS HECHO EL PAROS DEL MES ANTERIOR, MULTIPLICA EL IMPORTE POR LAS HORAS QUE TE TOCA TRABAJAR ESE DÍA.
Te recordamos que no es necesario que avises que vas a hacer huelga y que ningún superior puede preguntártelo, el hacerlo se considera una intimidación para ejercer ese derecho fundamental recogido en la Constitución.
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